¿Cómo afecta la venta de un inmueble a la declaracion anual de la Renta? (IRPF ):
¿Vas a vender una casa? Entonces te interesa esto más que la hipoteca.
Porque sí, la venta te da dinero…
Y también te da una cita con Hacienda.
Y como no lo tengas claro, la alegría del notario se te va a ir cuando hagas la declaración de la Renta.
La pregunta del millón:
¿Hay que pagar IRPF por vender una vivienda?
Pues depende. Y no, no es solo la famosa plusvalía municipal.
Eso es lo que pagas primero, sí.
Pero luego viene la parte que muchos no ven venir: la que toca declarar en la renta del año siguiente.

¿Cómo se calcula?
Fácil (en teoría):
Precio de venta menos precio de compra = ganancia patrimonial.
A eso se le llama “base imponible del ahorro”. Y se suma a lo que ganas trabajando.
Así que cuanto más ganes con la venta, más te rascan.
Pero ojo: hay gastos que puedes restar para que la cosa no te salga tan cara.
¿Qué puedes deducir?
La plusvalía municipal (sí, la que acabas de pagar).
Registro de la propiedad.
Cancelación de hipoteca.
Notaría, gestoría, agente inmobiliario… todo lo que pagaste para cerrar la operación.
Eso sí: necesitas factura con IVA. Si no, Hacienda no se lo cree.
Y si restas bien, igual te sale menos a pagar… o incluso una pérdida (que oye, fiscalmente no es tan mala noticia como suena).

¿Y qué pasa si hay exenciones?
Ahí empieza lo bueno. Si cumples con ciertos requisitos, puedes vender sin pagar IRPF.
Estas son las vías de escape legales:
- Reinversión en nueva vivienda habitual:
Vendes una casa y compras otra para vivir.
Si reinviertes el dinero en un plazo de 2 años, no pagas por esa parte. - Tienes más de 65 años o gran dependencia:
Vendes tu vivienda habitual y no pagas nada, aunque no compres otra.
(Esto ya te lo conté en otro post, pero merece recordarlo.) Puedes leerlo aqui. - Renta vitalicia para mayores de 65 años:
Si reinviertes hasta 240.000 € en una renta vitalicia en 6 meses, también estás a salvo.
Eso sí, hay que avisar al banco y cumplir plazos como un reloj suizo. - Dación en pago:
¿No puedes pagar la hipoteca y entregas el piso al banco?
Tampoco tributas, si no tienes otros bienes con los que podrías haber pagado.

¿Y cuánto se paga si no te libras?
Pues según cuánto ganes:
Hasta 6.000 € → pagas el 19%
De 6.001 a 50.000 € → 21%
De 50.001 a 200.000 € → 23%
Más de 200.000 € → agárrate: 26%
Y sí: hay quien se entera de esto cuando ya no hay marcha atrás.
CONCLUSIONES (y aquí no hay letra pequeña):
Si vas a vender una vivienda, haz números antes.
Guarda todos los gastos con su factura. Todo lo que puedas deducir, cuenta.
Si tienes más de 65 años, pregunta por las exenciones. Porque puede que no pagues nada.
Si reinviertes, hazlo bien y en plazo, o la exención se va al garete.
Y si vendes en dación, asegúrate de cumplir los requisitos.
No te fíes de «esto lo mira el notario», porque quien lo mira es Hacienda… y lo mira todo.
No lo dejes para el último momento. Luego vienen los sustos.
¿Quieres hacerlo bien?
Nosotros no somos asesores que te hablan en lenguaje de BOE.
Te lo explicamos fácil.
Y te lo gestionamos mejor.
Porque vender un piso está muy bien…
Pero hacerlo sin que Hacienda te pase la factura de tu vida, está mucho mejor.