HERENCIAS: TRAMITES NECESARIOS Y PLAZOS PARA REALIZARLOS
Perder a un ser querido duele. Y mucho.
Y justo cuando uno está roto por dentro, va la vida y te pone delante un montón de papeles, plazos y trámites que no entiendes… pero que si no haces, te puede salir caro.
Heredar no es solo recibir.
Es también moverte, decidir, firmar… y hacerlo todo en un momento en el que lo único que querrías es parar el mundo.
¿El problema? Que la administración no espera a que estés mejor. Tiene sus tiempos. Y si no llegas, vienen los líos.
Recargos, bloqueos, disgustos.
Por eso hemos preparado una guía con los documentos que necesitas para tramitar una herencia sin que te estalle la cabeza.
Para que al menos esto lo tengas claro.
Porque bastante tienes ya como para andar a ciegas con el papeleo.

¿Qué papeles necesitas para gestionar una herencia sin volverte loco?
Te lo digo ya: esto no es solo firmar y listo.
Hay que moverse. Ir a sitios. Pedir papeles. Y si no sabes por dónde empezar, puedes perder tiempo, dinero y salud mental.
Aquí va lo que necesitas, explicado sin rodeos:
1. Certificado de defunción
Es el primer paso. Sin esto, no puedes avanzar.
Se pide en el Registro Civil donde vivía la persona fallecida. También puedes sacarlo online si tienes certificado digital.
Suele tardar unos 3 días hábiles.
2. Certificados de Últimas Voluntades y de Seguros de Fallecimiento
Esto se puede pedir 15 días después del fallecimiento.
Te dicen dos cosas importantes:
Si hay testamento, y en qué notaría se firmó.
Si había algún seguro de vida, y con qué compañía.
También se puede pedir por internet, desde la web del Ministerio de Justicia.
Y si no hay testamento ni seguro, estos certificados te lo dejarán claro.
3. Copia autorizada del testamento
Si el certificado anterior dice que sí hay testamento, hay que ir a la notaría donde se firmó y pedir una copia autorizada (el original se queda siempre en la notaría).
4. Inventario de bienes (y deudas)
Aquí empieza lo serio.
Toca hacer una lista detallada de todo lo que hay: casas, cuentas, coches… y también deudas.
Porque ojo: cuando aceptas una herencia, aceptas todo.
Si hay más deudas que bienes, puedes renunciar o aceptarla “a beneficio de inventario” (solo te quedas lo que sobre después de pagar).

5. Escritura de aceptación y reparto
Esto se firma ante notario.
Es el documento oficial que dice quién hereda qué.
Pero para que el notario pueda hacer su trabajo, hay que llevarle pruebas de todo lo que se hereda:
Si hay cuentas bancarias, certificados con los saldos.
Si hay coches, permiso de circulación.
Si hay viviendas, la escritura de propiedad y una nota simple del registro (para ver si tiene cargas o hipotecas).
El notario lo necesita todo para preparar la escritura. Sin esos documentos, no hay reparto.
6. El Impuesto de Sucesiones
Sí, hay que pagar por heredar.
Aunque venga de alguien a quien querías con el alma.
Tienes 6 meses desde la fecha del fallecimiento para liquidarlo sin recargos. Ni un día más.
Y para hacerlo necesitas llevar la escritura de la herencia.
Se paga en la Comunidad Autónoma donde vivía el fallecido.
Si lo dejas pasar, Hacienda no perdona.
Vienen sanciones y recargos. Así que mejor no dormirse.
7. Plusvalía municipal
Otro impuesto. Este se paga en el Ayuntamiento donde está el piso o la casa heredada.
Y sí, el plazo es también de 6 meses desde el fallecimiento.
O lo apuntas… o lo lamentas.

8. Inscripción en el Registro de la Propiedad
Este es el paso que pone las cosas en su sitio.
Una vez pagados Sucesiones y Plusvalía, hay que inscribir la herencia.
Vas al Registro de la Propiedad donde están esos bienes y presentas:
La escritura notarial de la herencia
Los justificantes de haber pagado los impuestos (Sucesiones y Plusvalía), firmados por cada heredero
Y con eso se actualiza la titularidad. Ya eres oficialmente dueño.
Cuando ya tienes todos los papeles, los impuestos liquidados y la escritura hecha, por fin puedes disponer de lo que has heredado.
Pero llegar hasta aquí no es un paseo. Ni mucho menos.
Porque si te falta un solo documento o se te pasa un plazo, prepárate para pagar más.
Y si encima no hay testamento o los herederos no se ponen de acuerdo, entonces el lío es mayor: toca ir a juicio y esperar.
Meses. A veces años.
Por eso, si te toca gestionar una herencia, no vayas a ciegas.
En Invest Real Estate, como mentores inmobiliarios, te acompañamos paso a paso.
Desde el papeleo hasta el final.
Y si necesitas una tasación oficial, nuestro perito te la prepara con validez judicial, sin letra pequeña.
Tú encárgate de lo personal.
Nosotros nos encargamos del resto.
¿Tienes dudas? Llámanos. Escríbenos. O ven a vernos.
Estamos aquí para ayudarte. Siempre.